Qué es el inicio de actividades, quién debe hacerlo, qué necesitas y cómo completarlo paso a paso ante el SII, seas persona natural o empresa.
El inicio de actividades es el trámite que le avisa al SII que vas a empezar a generar ingresos por un negocio o profesión. Es el paso que te habilita para emitir boletas o facturas de forma legal, y sin él, formalmente, tu actividad no existe ante el Estado. La buena noticia es que hoy se hace online, es gratis y toma pocos minutos.
En esta guía te explicamos, en simple, qué es, quién tiene que hacerlo, qué necesitas tener a mano y el paso a paso completo. Sirve tanto si eres una persona que va a emitir boletas de honorarios como si constituiste una empresa y necesitas activarla para facturar.
Qué es el inicio de actividades y por qué importa
El inicio de actividades es una declaración jurada que haces ante el Servicio de Impuestos Internos para informar que vas a realizar una actividad económica que genera ingresos. Está establecido en el artículo 68 del Código Tributario, y aplica a casi cualquiera que emprenda: profesionales independientes, comerciantes, prestadores de servicios y empresas de todo tipo.
Hacerlo es lo que te permite operar formalmente: emitir boletas de honorarios o facturas electrónicas, cumplir tus obligaciones tributarias y, muy importante desde hace poco, acceder a servicios que hoy lo exigen. Desde el 2 de enero de 2026, con la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, los bancos, marketplaces, medios de pago electrónico y organismos del Estado están obligados a verificar que tengas el inicio de actividades acreditado antes de darte una cuenta, un crédito o dejarte vender en su plataforma. En la práctica, esto significa que sin el inicio de actividades una empresa nueva no puede abrir cuenta bancaria ni cobrar por medios de pago.
Quién tiene que hacer inicio de actividades
Prácticamente cualquier persona o empresa que vaya a generar ingresos por una actividad económica. Conviene distinguir dos casos, porque el trámite cambia un poco:
- Persona natural. Si vas a trabajar de forma independiente —emitir boletas de honorarios como profesional, o boletas por un pequeño negocio— haces el inicio de actividades a tu propio nombre, con tu RUT. Es el caso de la llamada segunda categoría (honorarios), que no está afecta a IVA.
- Empresa (SpA, EIRL, Ltda.). Si constituiste una sociedad, el inicio de actividades es un trámite aparte de haberla creado, y este es el punto que más confunde: crear la empresa y activarla ante el SII no son lo mismo. Lo vemos en detalle más abajo, porque es donde la mayoría se equivoca.
Hay algunas excepciones: actividades de subsistencia de muy bajos ingresos y ferias libres tienen plazos especiales pero como regla general, si vas a facturar o emitir boletas tienes que iniciar actividades.
El error más común: crear la empresa no es iniciar actividades
Cuando constituyes tu empresa por internet, obtienes de inmediato un certificado y un RUT. Muchos creen que con eso ya pueden emitir facturas, pero falta un paso.
Son dos trámites distintos, en dos sistemas distintos: la constitución la administra el Ministerio de Economía (vía el RES), y el inicio de actividades lo administra el SII. Tu RUT de empresa nace registrado ante el SII, pero inactivo hasta que completas el inicio de actividades.
Qué necesitas tener listo antes de empezar
Debes contar con:
- Tu ClaveÚnica o Clave Tributaria. Si es una empresa, debes tener la del representante legal.
- El RUT de la empresa, si aplica. Es el RUT que obtuviste al constituirla en el RES.
- El código de actividad económica de tu giro. El SII tiene una tabla oficial con todos los códigos; conviene elegir bien, porque define qué documentos tributarios podrás emitir. Además, ahí se determina si tu actividad está afecta a IVA o no.
- El domicilio tributario con dirección exacta y el rol de avalúo de la propiedad. El SII puede pedirte un documento que respalde ese domicilio (un contrato de arriendo, un comodato, o el contrato de una oficina virtual). Sin respaldo, el trámite queda observado y el RUT no se activa.
- El régimen tributario con el que vas a operar (para empresas, lo habitual es elegir entre Pro-Pyme Transparente y Pro-Pyme General). Esta decisión tiene efectos en cómo pagas impuestos, así que es el punto donde más vale la pena consultar a un contador antes de confirmar.
Paso a paso para hacer el inicio de actividades online
El trámite se hace completo en el sitio web del SII, sin ir a una oficina.
- Entra a sii.cl e inicia sesión en “Mi SII” con tu RUT y clave (o la del representante legal).
- Ve a Servicios Online → RUT e Inicio de Actividades → Inicio de Actividades.
- Selecciona el tipo de contribuyente: persona natural o empresa, según tu caso.
- Completa el formulario (Formulario 4415): RUT y razón social, domicilio tributario con rol de avalúo, código de actividad, régimen tributario, fecha de inicio y datos del representante.
- Adjunta el documento que acredita tu domicilio en PDF.
- Envía el formulario.
Si el domicilio o el giro tienen alguna inconsistencia, el SII emite una observación y el RUT no se activa hasta resolverla. Por eso el domicilio bien acreditado es tan importante.
Cuánto demora y cuánto cuesta
El trámite ante el SII es gratuito. En cuanto al tiempo, el SII no publica un plazo oficial pero en la práctica un inicio de actividades sin observaciones suele quedar activo en un rango de entre uno y tres días hábiles. Si además vas a emitir facturas, debes pasar primero por un proceso de verificación de actividades ante el SII, que puede tomar tiempo adicional según los antecedentes que tengas disponibles. Una vez aprobada la verificación, viene la configuración del facturador electrónico. En condiciones normales, desde que envías el inicio de actividades hasta que emites tu primera factura pueden pasar entre 3 y 5 días hábiles, pero si el SII solicita antecedentes adicionales, el plazo se extiende.
Si el SII observa el domicilio o el giro, el plazo se extiende hasta que resuelvas la observación.
Después del inicio de actividades: qué sigue
Con el inicio de actividades aprobado, quedan un par de pasos según tu caso: si vas a emitir facturas, debes habilitar el facturador electrónico en el SII; si vas a emitir boletas de honorarios o boletas de venta, debes inscribirte en el emisor del SII (e-boleta), proceso que tarda aproximadamente 24 horas en habilitarse. Y si tu negocio requiere local u oficina, además deberás obtener la patente comercial en tu municipalidad.
Cómo te ayudamos en Company Hero
En Company Hero acompañamos todo el proceso de formalización, y el inicio de actividades es parte de eso. Si no quieres lidiar con el formulario, la elección del código de actividad o el régimen tributario —o si necesitas un domicilio tributario válido para acreditar ante el SII—, lo gestionamos por ti, de forma 100% online y con los documentos listos en minutos. Tú te concentras en tu negocio; nosotros en que quede bien hecho ante el SII.
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para hacer el inicio de actividades?
Tu ClaveÚnica o Clave Tributaria, el RUT de la empresa (si aplica), el código de actividad de tu giro, el domicilio tributario con documento de respaldo y el régimen tributario definido. El trámite se hace online en sii.cl.
¿Crear mi empresa en el RES (Registro de Empresas y Sociedades) no es lo mismo que iniciar actividades?
No. Son trámites distintos y de organismos distintos. Al constituir tu empresa obtienes su RUT, pero queda inactivo ante el SII hasta que completas el inicio de actividades. Recién ahí puedes facturar.
¿El inicio de actividades tiene costo?
No, el trámite ante el SII es gratuito. Puede haber costos si delegas la gestión o si configuras el facturador electrónico.
¿Puedo hacerlo sin contador?
Sí, se puede hacer solo. Pero la elección del régimen tributario y del código de actividad tiene efectos fiscales, así que conviene revisar esos dos puntos con un especialista antes de enviar el formulario.
¿Cuánto demora en aprobarse?
El SII no publica un plazo oficial. Sin observaciones, suele activarse en uno a tres días hábiles. Con el facturador electrónico incluido, emitir la primera factura toma unos 3 a 5 días hábiles.
¿Desde cuándo es obligatorio para las empresas?
La obligación de iniciar actividades existe hace décadas (art. 68 del Código Tributario). Desde el 2 de enero de 2026, además, bancos, marketplaces y organismos del Estado exigen que esté acreditado para operar.
¿Vas a formalizar tu negocio?
Cotiza con nosotros para dejar tu inicio de actividades listo ante el SII.
Esta guía tiene fines informativos y no constituye asesoría tributaria ni legal para tu caso puntual. Si quieres revisar tu situación específica, escríbenos y un especialista de Company Hero te asesorará.
Escrito por Company Hero. Llevamos más de 10 años ayudando a emprendedores a formalizar y hacer crecer sus empresas.